3 años y 1 día de cárcel*. |
Huelga no es delito. Tras las reformas laborales impuestas
por el Partido Popular, que abaratan y facilitan el despido individual y
colectivo, vacían de contenido la negociación colectiva y facilitan la
devaluación salarial mediante el descuelgue y la modificación sustancial de las
condiciones de trabajo por decisión unilateral de las empresas.
Sólo faltaba una pieza más en su estrategia de quebrar el movimiento obrero y
preparar las condiciones para la individualización de las condiciones de
trabajo, el despliegue de un arsenal represivo que amilane la resistencia y la
capacidad de lucha de la clase trabajadora organizada.
Se está criminalizando la defensa de los trabajadores, con centenares de personas trabajadoras y sindicalistas en procesos y docenas de condenas firmes por el mero ejercicio pacífico del derecho de huelga.
La represión penal del derecho de huelga impulsada por las fiscalías al dictado
del PP tiene su base legal en que en la reforma del Código Penal de 1995 se
introdujo un nuevo apartado en el artículo 315.3 que tipificaba como delito,
con penas de prisión de hasta tres años, a quienes “coaccionen a otras personas
a iniciar o continuar una huelga”.3 años de cárcel. |
Se está criminalizando la defensa de los trabajadores, con centenares de personas trabajadoras y sindicalistas en procesos y docenas de condenas firmes por el mero ejercicio pacífico del derecho de huelga.
Es llamativo que mientras los sindicalistas van a prisión, actuaciones como la del presidente de Coca-Cola que contrató a esquiroles para quebrar la huelga de la fábrica de Fuenlabrada, quedan impunes.
¿Cuántos banqueros y responsables de la crisis y de la estafa financiera han sido condenados?, ¿Se ha procesado a algún empresario por amenazar e impedir el derecho de huelga?
La ofensiva penal planificada contra el derecho constitucional de huelga y el sindicalismo que afecta, hasta el momento, a más de 260 personas, aumenta cada día, para las que el Ministerio Fiscal pide un total de 125 años de cárcel por participar en distintas movilizaciones sectoriales y huelgas generales, 14 años corresponden a sentencias firmes pendientes de ejecución.
Un ataque que responde al objetivo de “desanimar y meter miedo a la gente para que no participe en las huelgas y movilizaciones y, en consecuencia, debilitar a los sindicatos”. Así lo demuestra el hecho de que ahora, y por primera vez en democracia, se utilice el artículo 315 del Código Penal para pedir penas de cárcel.
3 años de cárcel. |
La lucha continúa hasta que cese la represión y se indulte a todas las personas condenadas.
* Ana y Támara, Galicia, condenadas a 3 años y 1 día de cárcel.
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